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Aún a pesar de que mucha gente confunde un sistema con el otro, las diferencias entre franquicia y la licencia de uso de marca son muy notables. Para que exista una franquicia se deben dar tres elementos esenciales que el franquiciador cede al franquiciado -ya sea emprendedor o inversor-, para que este ponga en marcha su propio negocio, replicando el modelo que el franquiciador tuviera previamente definido e identificado.
-Uso: exclusivamente para la actividad objeto de la franquicia.
-Lugar: en el local o ubicación en la que el franquiciador acepta que dicho negocio se desarrolle.
-Tiempo: durante el tiempo pactado previamente entre las partes y, generalmente, recogido en el contrato de franquicia.
La ausencia de cualquiera de estos elementos haría la relación entre las partes no fuera una franquicia.
De ahí que la licencia de uso de una marca por parte de un licenciante a un licenciatario, para realizar una actividad determinada, en un lugar y durante un tiempo determinados, contiene exclusivamente el primero de los requisitos necesarios para que exista una franquicia.
La franquicia, por tanto, va bastante más allá de la mera licencia de uso de marca y profundiza en aspectos de transmisión de conocimientos y experiencias, mediante cursos de formación y apoyos específicos durante la apertura del negocio franquiciado, y mediante el control y apoyo sistemático de que la operativa del franquiciado, verificando que coincida con los métodos que el franquiciador tiene determinados, y que debe haber transmitido al franquiciado mediante los manuales operativos que los identifican en detalle.
Dicho todo esto, la licencia de uso de marca suele ser un modelo de relación poco utilizado si no se acompaña de procesos de apoyo y control, puesto que la marca es un activo esencial de cualquier empresa y su deterioro, consecuencia de que el licenciante no ejerciera esas acciones preventivas, sería muy probable y la aventura poco menos que suicida.
En la práctica, cuando partiendo de un acuerdo inicial de cesión de uso de marca, se terminan incorporando al mismo aspectos de formación inicial y continua, apoyo y control al licenciatario, terminamos a menudo aterrizando en un acuerdo de franquicia, independientemente de que semánticamente sigamos identificándolo como licencia de uso de marca o licencia de marca.
En definitiva, académicamente, hay claras diferencias entre licencia de uso de marca y franquicia, siendo esta última una fórmula más completa y restrictiva de la libertad operativa del cesionario, pero no en un sentido negativo sino en aras de un menor riesgo de fracaso para él y, como consecuencia de ello, un menor riego de deterioro del prestigio de marca para el cedente.